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Notificación – acción de tutela y suspensión provisional de convocatoria del 4 de marzo de 2026

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Accionante: Jair Carmona Alzate (docente regido por Decreto Ley 2277 de 1979)
Accionada: Secretaría de Educación Departamental del Quindío
Convocatoria: 4 de marzo de 2026 - provisión de encargos de directivos docentes - coordinadores
Hechos principales: La convocatoria asigna 15 puntos a especialización y 30 puntos a maestría (diferencia desproporcionada), establece límite de 3 años para reconocimientos oficiales excluyendo trayectoria histórica, utiliza tabla de experiencia que iguala a docentes con 10 años a quienes tienen 30 o 40 años de servicio, y otorga sólo 1 día para presentar reclamaciones. Como resultado, el 100% de los seleccionados pertenecen al Decreto 1278.
Derechos fundamentales invocados: Igualdad (art. 13 C.P.), debido proceso (art. 29 C.P.), acceso a cargos públicos y mérito (art. 125 C.P.).
Pretensiones: Recalificación equitativa de puntajes de formación académica, inaplicación del límite temporal de 3 años para reconocimientos, reajuste de tabla de experiencia adicional para reconocer proporcionalmente los años de servicio, y término razonable para reclamaciones.
Documentos: